Entre ellos destaca la equiparación de la zona de crianza a la zona de producción
Según consta en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del lunes 10 de octubre (BOJA nº 195), ha quedado ya publicada la Orden de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural de 4 de octubre de 2022, por la que se aprueban las solicitudes de modificación normales de los pliegos de condiciones de las Denominaciones de Origen Protegidas «Jerez-Xérès-Sherry» y «Manzanilla-Sanlúcar de Barrameda».
Aunque algunas de las modificaciones necesitarán de la preceptiva aprobación de la Unión Europea (por ejemplo, la posibilidad de no fortificar los vinos), la inmensa mayoría de los cambios de los pliegos de condiciones entrarán en vigor de forma inmediata.
Entre ellas, destaca la ampliación de la zona de crianza de la DO “Jerez-Xérès-Sherry”, que queda equiparada así con la zona de producción. Hasta ahora el envejecimiento final debía realizarse en alguna de las localidades del “triángulo del Jerez” (Jerez de la Frontera, El Puerto de Santa María o Sanlúcar de Barrameda), aunque la uva pudiera proceder de cualquiera de las localidades del territorio de la DO (Trebujena, Lebrija, Chipiona, Rota, Chiclana y Puerto Real)o la vinificación se hubiera realizado en bodegas situadas en estos municipios. Con el cambio aprobado, estas bodegas podrán completar la totalidad del proceso y sus vinos quedar acogidos a la DO. Se trata de una aspiración histórica de las bodegas situadas en la zona de producción, cuyas exigencias de calidad venían siendo por otra parte idénticas a las de Jerez, El Puerto o Sanlúcar.
Los nuevos textos recogen igualmente una serie de modificaciones relativas al viñedo, recogiendo de forma explícita todos y cada uno de los pagos de la denominación de origen, que podrán hacerse constar en el etiquetado, siempre que al menos el 85% de la uva utilizada tenga su origen en el pago mencionado. Igualmente, se abre la posibilidad al uso de otras variedades autóctonas del Marco, cuyo cultivo fue prácticamente abandonado tras la filoxera. Finalmente, la clasificación de los viñedos como de “Jerez Superior”, que hasta ahora estaba limitada a los viñedos situados en Jerez, El Puerto, Sanlúcar y Trebujena, responderá exclusivamente a criterios técnicos.
Por otra parte, los nuevos pliegos introducen una serie de modificaciones destinadas a clarificar el etiquetado de los vinos protegidos. Así, además de definirse las categorías Manzanilla Pasada y Fino Viejo (envejecimientos medios superiores a siete años), los pliegos cuentan con un completo anexo sobre reglas de etiquetado, en el que se establecen las posibilidades de uso de términos como “en rama”, “abocado”, “amoroso”, etc.