Por Eugenia Rubio
La Unión Europea ha decidido armonizar los términos utilizados para denominar a los vinos sin alcohol o bajos en alcohol. Actualmente están sujetos a regulaciones diferentes en los distintos Estados miembros y el objetivo es que se llamen de la misma forma en toda la UE. Según la Comisión Europea, ello permitirá que el sector vitivinícola pueda beneficiarse de la creciente demanda de este tipo de vinos al tiempo que se garantiza el funcionamiento del mercado interno.
De acuerdo con el reglamento aprobado, se utilizará el término “sin alcohol” si el grado alcohólico volumétrico adquirido del producto no es superior al 0,5%, acompañado por el término “0,0%” si el grado alcohólico volumétrico adquirido del producto no es superior al 0,05%. Y se utilizará el término “reducido en alcohol” si el grado alcohólico volumétrico adquirido del producto es superior al 0,5%, y al menos un 30% inferior al grado alcohólico adquirido mínimo de los productos de la categoría de que se trate antes de la desalcoholización.
Con el fin de que los productores dispongan de tiempo para adaptarse a este cambio, los nuevos requisitos empezarán a aplicarse a partir de septiembre de 2027. Asimismo, se permitirá que los productos vitivinícolas etiquetados antes de que sean de aplicación los nuevos requisitos sigan comercializándose hasta que se agoten las existencias.


